Capitulo I
Este capitulo va desde el articulo 11 hasta el 41. Algunas cosas que mas se resaltan son:
No debe haber pena de muerte, tampoco a desaparición forzada e inhumana. No habrá discriminación por la raza, la religión, etc.
Tampoco hay esclavitud entre los ciudadanos, y todos tenemos derecho a profesar nuestra religión sin que nos digan nada. La paz es un deber que todos obligatoriamente debemos cumplir.
El estado nos garantiza la libertad de enseñanza y aprendizaje. Podemos asociarnos libremente para hacer las actividades. Toda persona tiene derecho a participar en el control político.
Capitulo II
Este capitulo va desde el articulo 42 hasta el articulo 77.
La familia es el núcleo fundamental de la sociedad, los matrimonios se acabaran por divorcio por parte civil. Tanto los hombres como las mujeres tenemos los mismos derechos; es una oblación del estado proteger a las mujeres en su etapa de embarazo y después de este.
Es un derecho fundamental del niño tener un nombre y una nacionalidad. El adolescente tiene derecho a la formacion integral y la protección.
Todo niño menor de 1 año que no este en ninguna empresa de seguridad social sera atendido gratuitamente en cualquier eps que reciba dinero del estado. La educacion es un derecho de la persona.
La búsqueda del conocimiento y la expresión artísticas son libres.
Capitulo III
Este capitulo va desde el articulo 78 hasta el 82.
Todos tenemos derecho a tener un ambiente sano, protegiendo las zonas ecológicas, etc.
El estado planifica la conservacion de nuestros recursos naturales. Esta prohibido el uso de armas nucleares, físicas y biologicas. El deber del estado es velar por el espacio publico.
Capitulo IV
Este capitulo va desde el capitulo 83 a el 94.
Toda persona tiene derecho a realizar tutelas ante un juez, y además puede acudir a la autoridad judicial para hacer el cumplimiento de una ley o un acto administrativo.
El estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por las acciones u omisiones de las autoridades publicas.
Cualquier persona puede solicitar de la autoridad competente la aplicacion de las sanciones penales o disciplinarias derivadas de la conducta de las autoridades publicas.
Capitulo V
Este capitulo esta conformado solo por el articulo 95.
El art. 95 nos dice que debemos respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios, también debemos defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacifica. Por ultimo debemos contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del estado dentro de conceptos de justicia y equidad.
jueves, 11 de marzo de 2010
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